¿Compra suplementos para el gimnasio? Invima alertó por 42 productos vendidos en Colombia: estas son las marcas

2026-09-01 17:37:30 - MUNDO

El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) lanzó una alerta sanitaria sobre 42 productos comercializados en Colombia que cuentan con registros o notificaciones sanitarias para ser vendidos como alimentos y bebidas, pero que estarían siendo promocionados con características propias de suplementos deportivos, nutricionales o energéticos.

La alerta advierte que en la publicidad de estos productos se estarían haciendo afirmaciones relacionadas con desarrollo y aumento de masa muscular, recuperación después del entrenamiento, rendimiento físico y deportivo, aumento de energía, reducción de la fatiga y aumento de peso, entre otras.

Entre las marcas relacionadas por la autoridad sanitaria aparecen las nacionales Whey Pure, Best Protein, 100% Whey Elite, Bi-Pro Megaplex.

Además de las internacionales Whey Gold Standard Optimum Nutrition, XL Gainer, Nutrition Online, Megaplex Creatine HMB & BCAA, Gainer Pro, Serious Mass, Isolate Gourmet, Cre4 Smart, The Whey of IMN, Pro Beef Isolate, TNT Crosswhey, Perfect Blend, Be One, Titan Army, entre otras más.

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De acuerdo con el Invima, los productos señalados sí obtuvieron registros o notificaciones sanitarias, pero estas autorizaciones corresponden a su comercialización como alimentos y bebidas.

El problema identificado está en que algunos de ellos estarían siendo promocionados en plataformas de comercio electrónico como si fueran "suplementos deportivos", "suplementos nutricionales" o "suplementos de uso energético", categorías y finalidades que no corresponden con las condiciones bajo las cuales fueron autorizados.

La autoridad sanitaria señala que esta situación puede inducir a error a los consumidores, debido a que las afirmaciones utilizadas en la publicidad atribuyen a los alimentos propiedades especiales que no corresponden con su clasificación sanitaria.

Por ejemplo, algunos de los productos fueron promocionados con mensajes relacionados con el desarrollo de masa muscular, recuperación postentrenamiento, aumento de rendimiento físico, aumento de peso corporal y optimización de la composición corporal.

Otros fueron asociados con beneficios como reducción de la fatiga, mejoramiento de la resistencia, aumento de energía o fortalecimiento muscular.

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Uno de los puntos centrales de la alerta es que contar con un registro sanitario del Invima no significa que el fabricante o comercializador pueda atribuirle al producto cualquier propiedad en su publicidad.

El abogado consultorThomas Cuéllar, de Centro Jurídico Internacional, explicó a EL COLOMBIANO que en este tipo de casos pueden coexistir dos situaciones jurídicas diferentes: una eventual infracción sanitaria y una posible publicidad engañosa.

En el primer escenario se analiza si existe una contradicción entre aquello para lo que el producto fue autorizado y la manera en que posteriormente se comercializa o promociona.

"La infracción sanitaria mira la discordancia entre lo registrado y lo comunicado", explica Cuéllar.

Es decir, si un producto fue autorizado como alimento, pero se promociona atribuyéndole características propias de un suplemento deportivo o propiedades terapéuticas, preventivas o curativas, podría existir un incumplimiento de las condiciones sanitarias bajo las cuales fue autorizado.

La publicidad engañosa, por su parte, corresponde al ámbito del derecho del consumidor y analiza si la información entregada al público puede ser falsa o insuficiente y si tiene incidencia en la decisión de compra.

El Invima señala que los productos incumplen disposiciones de la normativa sanitaria vigente, entre ellas los artículos 272 y 274 de la Ley 9 de 1979.

El artículo 272 establece que en los rótulos o medios de publicidad de alimentos está prohibido hacer alusión a propiedades medicinales, preventivas, curativas, nutritivas o especiales que puedan generar apreciaciones falsas sobre la verdadera naturaleza, origen, composición o calidad del alimento o bebida.

A su vez,el artículo 274 establece que los alimentos o bebidas a los que se atribuyan propiedades medicinales en su rótulo o propaganda pueden quedar sujetos a requisitos correspondientes a los medicamentos.

El Invima también recuerda que el cumplimiento de las normas sanitarias es responsabilidad de los titulares de los registros, permisos y notificaciones sanitarias. Esta responsabilidad puede extenderse a fabricantes, comercializadores e importadores, incluso cuando no sean los titulares de la autorización.

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La lista está compuesta principalmente por alimentos y mezclas en polvo relacionados con proteínas, carbohidratos y bebidas, aunque también incluye productos de otras características.

Entre los primeros productos señalados están:

- Whey Pure, alimento en polvo a base de proteína de suero de leche.

- Best Protein, a base de proteína aislada de suero de leche.

- 100% Whey Elite, a base de proteína de suero lácteo.

- Bi-Pro Megaplex y Bi-Pro Classic, a base de proteína de suero de leche bovina.

- Whey Gold Standard Optimum Nutrition, a base de proteína de soya y leche descremada.

- XL Gainer, mezcla en polvo a base de proteína de suero de leche.

- Megaplex Creatine HMB & BCAA, con maltodextrina y proteínas.

- Gainer Pro, a base de maltodextrina y proteína concentrada de suero.

- Serious Mass, con proteína de soya, leche, vitaminas y minerales.

- Isolate Gourmet, a base de proteína de suero lácteo.

La lista también incluye productos como Cre4 Smart, Pro Beef Isolate, TNT Crosswhey, Perfect Blend, Be One, Titan Army, Crea Stack, Super Mega Gainer, TNT Mega Mass Gainer, Mega Gainer y Best Vegan.

En la segunda parte de la alerta aparecen, entre otros, Bi Pro Mass, Wh3y Blend, TNT Instinct, Smart, CR Pure, Intenze, Iso Clean, RM, Mass Evolution, Supreme, Vegan Protein, Megaplex Creatine Power, Collagen Stack W, Proscience-Ashwagandha, Gluta Stack, Iso Whey, Bone Broth Power, Vegan Pea Protein y Best Tasty.

El Invima informó que adelanta las actuaciones administrativas correspondientes frente a los productos incluidos en la alerta.

De acuerdo con el análisis jurídico de Cuéllar, las consecuencias para los responsables pueden variar según la conducta y el proceso, e incluir multas, decomiso de productos, suspensión o cancelación del registro o notificación sanitaria y cierre temporal o definitivo de establecimientos.

Además, continuar comercializando productos después de una alerta o de una medida sanitaria puede incrementar la exposición jurídica de los responsables. En determinados escenarios, el incumplimiento de medidas adoptadas por una autoridad sanitaria puede incluso generar consecuencias en materia penal.

Por ello, la situación no se limita al fabricante. La responsabilidad puede alcanzar a otros actores de la cadena cuando tengan participación en la fabricación, importación o comercialización.

La alerta cobra especial relevancia porque el Invima identificó este tipo de publicidad en plataformas de comercio electrónico.

En Colombia, los marketplaces y redes sociales no son automáticamente responsables por cada producto que un tercero publique. Sin embargo, según explica Cuéllar, la situación puede ser diferente cuando una plataforma recibe una notificación sobre la comercialización irregular de un producto y no actúa diligentemente.

En estos casos, las autoridades pueden requerir el retiro de publicaciones relacionadas con productos que incumplan la normativa sanitaria.

El abogado señala que Colombia todavía no cuenta con un régimen equivalente al Digital Services Act de la Unión Europea que convierta automáticamente a las plataformas en garantes de la legalidad de cada producto que se anuncia en ellas. Sin embargo, esto no significa que estén completamente al margen de las obligaciones cuando reciben información o requerimientos de las autoridades.

La recomendación de la autoridad sanitaria es clara: abstenerse de adquirir o consumir los productos incluidos en la alerta.

El Invima sostiene que las afirmaciones utilizadas en su publicidad pueden inducir a error a los consumidores, debido a que les atribuyen propiedades medicinales, preventivas, curativas, nutritivas o especiales que no corresponden con las autorizadas para estos productos como alimentos y bebidas.

La alerta no señala, en sí misma, que los 42 productos sean necesariamente adulterados o que su composición sea falsa. El incumplimiento identificado por el Instituto está relacionado con la publicidad y el uso de los registros o notificaciones sanitarias para promocionarlos con características que no corresponden a la autorización otorgada.

Por eso, para los consumidores que compran proteínas, mezclas en polvo o productos destinados al entrenamiento, el llamado es a revisar no solo que un producto tenga un registro sanitario, sino también qué categoría tiene autorizada y qué promesas se están haciendo sobre sus efectos.

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